InvestigaciónDocumento
En línea
OtroTCCTesis aislada9ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

La facultad de la autoridad fiscal para revisar contribuciones omitidas comprende los periodos posteriores a la última declaración presentada por el contribuyente, aun cuando no se haya notificado la conclusión de la revisión anterior.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 abr 1999
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La facultad de la autoridad fiscal para revisar contribuciones omitidas comprende los periodos posteriores a la última declaración presentada por el contribuyente, aun cuando no se haya notificado la conclusión de la revisión anterior.

Resumen

Se establece que la autoridad fiscal conserva la facultad de revisar y determinar contribuciones omitidas por un contribuyente, incluso si esta revisión abarca periodos posteriores a la última declaración presentada. Esta facultad no se extingue por el simple hecho de que no se haya notificado formalmente la conclusión de una revisión previa, ya que cada periodo fiscal constituye una obligación autónoma y susceptible de fiscalización.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.