La procedencia del procedimiento de remoción de Agentes del Ministerio Público exige el análisis obligatorio, desde el acuerdo de inicio, de la gravedad de la infracción y la prescripción de las facultades sancionadoras de la autoridad.
El procedimiento de remoción de Agentes del Ministerio Público debe incluir, desde su inicio, el análisis de la gravedad de la infracción y la prescripción de las facultades sancionadoras. Esto se fundamenta en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (abrogada) y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. El estudio de la gravedad garantiza la seguridad y certeza jurídica del servidor público, permitiéndole una defensa adecuada, mientras que la prescripción asegura la justicia pronta y expedita al evitar procedimientos inútiles.
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