La violación procesal alegada por la parte adherente en el amparo adhesivo es fundada, al no haber sido legalmente representada ni designada defensora, máxime cuando se encontraba en periodo de lactancia complementaria.
Se declara fundada la violación procesal alegada por la parte adherente en el amparo adhesivo, toda vez que no fue legalmente representada ni se le designó defensora, lo cual es una vulneración a sus derechos. Lo anterior, aunado a que se encontraba en periodo de lactancia complementaria, justifica la concesión del amparo adhesivo. En contraste, en el juicio principal se negó el amparo.
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