La orden de visita domiciliaria emitida por la Administración Fiscal Regional durante el transcurso de un ejercicio fiscal es violatoria de garantías, al no haberse determinado aún la competencia de dicho órgano fiscal conforme a los ingresos declarados en el ejercicio fiscal anterior.
Se declara la violación de garantías en una orden de visita domiciliaria emitida por la Administración Fiscal Regional. La competencia de esta administración estaba condicionada a la terminación del ejercicio fiscal en curso (1984), según lo establecido en un acuerdo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dado que la orden se emitió antes de la conclusión de dicho ejercicio, la competencia de la administración regional no estaba plenamente determinada, haciendo la orden ilegal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.