InvestigaciónDocumento
En línea
436/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito

La devolución del saldo a favor del Impuesto al Valor Agregado procede respecto de productos destinados a la alimentación, aun cuando estos contengan suplementos alimenticios, siempre que su naturaleza principal sea la de alimento.

Expediente
436/2025
Tribunal
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
María Eugenia Martínez Carrillo
Fecha
26 feb 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La devolución del saldo a favor del Impuesto al Valor Agregado procede respecto de productos destinados a la alimentación, aun cuando estos contengan suplementos alimenticios, siempre que su naturaleza principal sea la de alimento.

Resumen

El tribunal colegiado concedió el amparo y protección de la justicia federal a un contribuyente que solicitó la devolución del saldo a favor del IVA. La autoridad fiscal había negado la devolución argumentando que los productos contenían suplementos alimenticios, lo cual, según la autoridad, los excluía de la categoría de alimentos para efectos de la devolución. El tribunal determinó que la exclusión solo aplica si la naturaleza principal del producto no es la de alimento, lo cual no acontecía en el caso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.