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2596/24-12-03-3OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Tercera Sala Regional en Puebla y Auxiliar

La legalidad de una orden de revisión de gabinete se determina por la debida fundamentación y motivación de la competencia material de la autoridad, la información consultada y solicitada, y el objeto de la misma, así como por la actualización de las hipótesis de excepción previstas en el Código Fiscal de la Federación.

Expediente
2596/24-12-03-3
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
2 mar 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La legalidad de una orden de revisión de gabinete se determina por la debida fundamentación y motivación de la competencia material de la autoridad, la información consultada y solicitada, y el objeto de la misma, así como por la actualización de las hipótesis de excepción previstas en el Código Fiscal de la Federación.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa analizó la legalidad de una orden de revisión de gabinete emitida por el SAT. La parte actora argumentó que la orden carecía de fundamentación y motivación en cuanto a la competencia material de la autoridad, el objeto de la revisión y la información solicitada. Además, cuestionó la aplicación del artículo 53-C del Código Fiscal de la Federación. El Tribunal determinó que la competencia de las autoridades debe ser debidamente fundamentada y motivada, citando jurisprudencia relevante sobre la materia, grado y territorio, y que las excepciones a las revisiones deben cumplirse estrictamente.

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