El juicio de nulidad debe estudiar la procedencia de la devolución de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta cuando la autoridad fiscal no considera correctamente las cantidades exentas conforme a la ley aplicable.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió el amparo a la quejosa para que la Sala Regional del Centro I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa deje insubsistente su sentencia y dicte otra en la que estudie los conceptos de anulación relativos a la negativa de devolución de un saldo a favor del ISR. La Corte determinó que la Sala debió analizar si la autoridad fiscal consideró adecuadamente las cantidades exentas conforme al artículo 109, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y resolver con plenitud de jurisdicción sobre el derecho de la actora a obtener dicha devolución.
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