La facultad discrecional de las autoridades fiscales para fijar el monto de las multas debe ejercerse de manera justa y equitativa, tomando en consideración las circunstancias particulares de cada caso, a fin de evitar la imposición de sanciones excesivas.
El presente caso aborda la legalidad de una multa impuesta por omisión de declaración. El quejoso argumentó que la autoridad fiscal no consideró circunstancias atenuantes al fijar la multa, como la presentación espontánea del impuesto omitido y la consignación de los ingresos en una declaración posterior. El tribunal determinó que, si bien la ley otorga discrecionalidad a la autoridad fiscal para fijar el monto de la multa, esta facultad debe ejercerse de forma justa y equitativa, tomando en cuenta las circunstancias del caso para evitar multas excesivas, conforme al artículo 22 Constitucional.
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