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2251/25-25-01-1NiegaTFJANiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en San Luis Potosí

La competencia de las autoridades fiscales estatales para imponer multas por incumplimiento de obligaciones fiscales federales se fundamenta en los convenios de colaboración administrativa celebrados entre la Federación y las entidades federativas, así como en sus reglamentos interiores.

Expediente
2251/25-25-01-1
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
13 feb 2026
Materia
fiscal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La competencia de las autoridades fiscales estatales para imponer multas por incumplimiento de obligaciones fiscales federales se fundamenta en los convenios de colaboración administrativa celebrados entre la Federación y las entidades federativas, así como en sus reglamentos interiores.

Resumen

La Sala Regional en San Luis Potosí determinó que la autoridad fiscal estatal sí tiene competencia para emitir multas por incumplimiento de obligaciones fiscales federales. Esto se debe a que el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado entre el Gobierno Federal y el Estado de San Luis Potosí, así como el Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Estado, otorgan a la Dirección de Recaudación y Política Fiscal las facultades necesarias para ello. La Sala también validó el uso de la firma electrónica avanzada en la resolución impugnada, al considerar que produce los mismos efectos que la firma autógrafa y su integridad es verificable.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.