La invalidez de las disposiciones de una Ley de Ingresos Municipal que invaden la esfera de competencia exclusiva de la Federación en materia de hidrocarburos, telecomunicaciones y radiodifusión, debe declararse cuando contravienen los artículos 25, 27 y 73, fracciones X y XVII, de la Constitución Federal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de diversas fracciones del artículo 25 de la Ley de Ingresos del Municipio de Matamoros, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2024. La invalidez se fundamenta en que dichas disposiciones invaden la competencia exclusiva de la Federación en materia de hidrocarburos y telecomunicaciones, contraviniendo lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 73, fracciones X y XVII, de la Constitución Federal. La presentación de la demanda fue considerada oportuna.
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