Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
TEMA: DESECHAMIENTO DE DEMANDA. RESTRICCIÓN TEMPORAL DEL USO DEL CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL PARA LA EXPEDICIÓN DE CFDI.
Se declara procedente, pero infundado el recurso de queja. Se confirma el desechamiento de la demanda al actualizarse una causa de improcedencia notoria e indudable. El acto reclamado (restricción temporal del CSD) es un acto de molestia intraprocesal que no afecta derechos sustantivos de forma irreparable, conforme a la jurisprudencia 2a./J. 1/2021. Esto, al existir un procedimiento de aclaración (Art. 17-H Bis CFF) que permite recuperar el uso del sello en un plazo breve, no se surte la excepción al principio de definitividad.
Respecto a la improcedencia, se retomaron consideraciones del RA 371/2024 bajo la ponencia de la Secretaria en Funciones de Magistrada Ponente Ángeles Patricia Martínez Gutiérrez.
Expediente
267/2025
Tribunal
Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Ana María Ibarra Olguín
Fecha
6 feb 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
TEMA: DESECHAMIENTO DE DEMANDA. RESTRICCIÓN TEMPORAL DEL USO DEL CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL PARA LA EXPEDICIÓN DE CFDI.
Se declara procedente, pero infundado el recurso de queja. Se confirma el desechamiento de la demanda al actualizarse una causa de improcedencia notoria e indudable. El acto reclamado (restricción temporal del CSD) es un acto de molestia intraprocesal que no afecta derechos sustantivos de forma irreparable, conforme a la jurisprudencia 2a./J. 1/2021. Esto, al existir un procedimiento de aclaración (Art. 17-H Bis CFF) que permite recuperar el uso del sello en un plazo breve, no se surte la excepción al principio de definitividad.
Respecto a la improcedencia, se retomaron consideraciones del RA 371/2024 bajo la ponencia de la Secretaria en Funciones de Magistrada Ponente Ángeles Patricia Martínez Gutiérrez.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.