La Suprema Corte de Justicia de la Nación no se pronuncia sobre la constitucionalidad de sanciones si la autoridad responsable ha cumplido la ejecutoria de amparo antes de la resolución.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no es necesario pronunciarse sobre las sanciones establecidas en un precepto constitucional en un caso particular, ya que la autoridad responsable acreditó haber cumplido con la ejecutoria de amparo antes de que se emitiera la resolución. Por lo tanto, la cuestión de las sanciones queda sin materia para el análisis del tribunal.
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