Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito· tema sin holding extraído
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. En términos de los artículos 1o.-B y 5o., fracción III, de la Ley que lo regula, el impuesto que es trasladado al retenedor, debe ser efectivamente pagado, lo que implica que debe serle pagado, ya sea en efectivo o a través de transferencia electrónica, lo que debe ser acreditado, sin que sea posible alguna compensación jurídica del tributo.
Expediente
293/2021
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito
Ponente
David Pérez Chávez
Fecha
13 ene 2022
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. En términos de los artículos 1o.-B y 5o., fracción III, de la Ley que lo regula, el impuesto que es trasladado al retenedor, debe ser efectivamente pagado, lo que implica que debe serle pagado, ya sea en efectivo o a través de transferencia electrónica, lo que debe ser acreditado, sin que sea posible alguna compensación jurídica del tributo.
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