La interpretación de un precepto legal que genera asimetrías injustas entre diferentes clases de acreedores en un concurso mercantil, al permitir que los acreedores privilegiados impongan condiciones desfavorables a los comunes, vulnera el principio democrático y el de igualdad.
Las instituciones bancarias promovieron amparo indirecto contra la sentencia que negó el amparo contra la interpretación del artículo 157 de la Ley de Concursos Mercantiles. Sostuvieron que dicha interpretación genera asimetrías entre acreedores, permitiendo a los privilegiados imponer condiciones desfavorables a los comunes, lo que vulnera el principio democrático y de igualdad. El Tribunal Colegiado de Apelación consideró inoperante el argumento de inconstitucionalidad por ser reiterativo y no demostrar la pugna del precepto con la ley fundamental.
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