El recurso de inconformidad queda sin materia cuando el acto reclamado en el juicio de amparo ha sido revocado o dejado sin efectos por la autoridad responsable, haciendo innecesario el análisis de los agravios o la legitimación del inconforme.
El presente recurso de inconformidad se declara sin materia, toda vez que el acto reclamado en el juicio de amparo ha sido revocado o dejado sin efectos por la autoridad responsable. En consecuencia, resulta innecesario el análisis de la legitimación y oportunidad del recurso, así como de los agravios planteados por la recurrente, pues la finalidad del recurso ha desaparecido.
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