El derecho a un nombramiento definitivo debe regirse por la legislación vigente al inicio de la prestación del servicio, salvo que una reforma posterior ocurra antes de que se cumplan los requisitos o la temporalidad necesaria, en cuyo caso se aplicará la nueva normatividad.
El tribunal concedió el amparo y protección de la justicia federal al quejoso contra un laudo emitido por la autoridad responsable. Se determinó que la absolución de ciertas prestaciones, como vacaciones y cuotas al IMSS, fue ilegal. Adicionalmente, se señaló que la autoridad responsable omitió considerar la legislación vigente al inicio de la relación laboral y aplicó la posterior, lo cual es incorrecto si el derecho ya se había consolidado.
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