El derecho a la tutela jurisdiccional efectiva impide que el acceso a la justicia se supedite a condiciones impeditivas u obstaculizadoras, pues debe garantizarse un proceso en el que se respeten las formalidades y se decida sobre la pretensión o defensa planteada.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la garantía de tutela jurisdiccional efectiva, consagrada en el artículo 17 constitucional. Se establece que el poder público no puede imponer requisitos excesivos o irrazonables para acceder a los tribunales. El fallo enfatiza que la finalidad de los plazos para la adhesión a acciones colectivas es permitir que más afectados se sumen al proceso y exijan sus derechos, garantizando así una justicia de calidad y no meramente formal.
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