La notificación de actos administrativos a través de medios electrónicos, como el buzón tributario, es constitucionalmente válida si genera un acuse de recibo electrónico que otorga certeza al contribuyente sobre el momento de la notificación, garantizando así el derecho de audiencia y defensa.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación valida la constitucionalidad del buzón tributario como medio de notificación de actos administrativos. Se argumenta que este sistema, al generar un acuse de recibo electrónico, proporciona al contribuyente la certeza necesaria sobre el momento en que se le notifica una resolución, lo cual es un elemento fundamental del debido proceso administrativo y permite el ejercicio oportuno de sus derechos de defensa y impugnación.
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