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1/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El incidente de falsedad de documentos queda sin materia al haberse resuelto el juicio de amparo directo del cual deriva, y al no haberse ofrecido las pruebas ante la autoridad responsable, no pueden ser consideradas en la resolución del amparo.

Expediente
1/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
9 jul 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El incidente de falsedad de documentos queda sin materia al haberse resuelto el juicio de amparo directo del cual deriva, y al no haberse ofrecido las pruebas ante la autoridad responsable, no pueden ser consideradas en la resolución del amparo.

Resumen

Se resolvió el amparo directo 26/2022, concediendo el amparo liso y llano a la quejosa. En consecuencia, el incidente de falsedad de documentos interpuesto en el juicio queda sin materia. Las pruebas ofrecidas por la quejosa en el amparo no fueron consideradas, ya que, conforme al artículo 75 de la Ley de Amparo, solo se deben apreciar las pruebas rendidas ante la autoridad responsable.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.