La Ley Federal del Trabajo, al prever la capacitación y adiestramiento como obligación de los trabajadores y al incorporar la productividad como criterio para la preferencia y el ascenso, no contraviene el principio de progresividad de los derechos humanos, siempre que se garantice la participación de los trabajadores en los programas y que los beneficios se distribuyan equitativamente.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, reformados a partir del 1 de diciembre de 2012, en materia de capacitación, adiestramiento y productividad. El sindicato quejoso argumentó que estas reformas representaban una regresión a los derechos laborales y violaban el principio de progresividad. La Sala determinó que, si bien las reformas imponen obligaciones a los trabajadores y modifican criterios de preferencia y ascenso, estas medidas son constitucionalmente legítimas al buscar la optimización de factores laborales y al prever mecanismos de participación y distribución equitativa de beneficios, sin contravenir el derecho al trabajo digno.
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