La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de una contradicción de criterios cuando las salas de este tribunal la sustentan de manera contradictoria.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se declaró competente para resolver una denuncia de contradicción de criterios. La competencia se fundamenta en los artículos 107, fracción XIII, de la Constitución Federal y 226, fracción II, de la Ley de Amparo. La denuncia fue presentada por una parte legítima, el Director General de Asuntos Jurídicos de un Ayuntamiento, quien fue parte en uno de los juicios de amparo que originaron la contradicción.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.