Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario· tema sin holding extraído
Se desecha el recurso interpuesto por el Presidente de la República, porque la interlocutoria recurrida sólo puede afectar directa y jurídicamente a la autoridad que ejecute la norma, al ser quien verá interrumpidos los efectos de su aplicación con motivo del otorgamiento de la medida cautelar; además, se confirma la interlocutoria recurrida y se concede a la parte quejosa la suspensión definitiva contra los efectos y consecuencias de las normas reclamadas, que se traducen en no emplear el buzón tributario como medio de comunicación con la autoridad hacendaria, ni enviar de manera mensual la información contable por ese medio.
Expediente
1817/2015
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario
Ponente
César Thome González
Fecha
21 oct 2015
Materia
administrativa
Sentido
otro
Tema · autorreporte del tribunal
Se desecha el recurso interpuesto por el Presidente de la República, porque la interlocutoria recurrida sólo puede afectar directa y jurídicamente a la autoridad que ejecute la norma, al ser quien verá interrumpidos los efectos de su aplicación con motivo del otorgamiento de la medida cautelar; además, se confirma la interlocutoria recurrida y se concede a la parte quejosa la suspensión definitiva contra los efectos y consecuencias de las normas reclamadas, que se traducen en no emplear el buzón tributario como medio de comunicación con la autoridad hacendaria, ni enviar de manera mensual la información contable por ese medio.
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