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4622/2024ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La ausencia de un plazo perentorio para que la autoridad administrativa dicte resolución en un procedimiento de infracción, contraviene el principio de seguridad jurídica.

Expediente
4622/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
25 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La ausencia de un plazo perentorio para que la autoridad administrativa dicte resolución en un procedimiento de infracción, contraviene el principio de seguridad jurídica.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la falta de un plazo definido para que las autoridades emitan resoluciones en procedimientos de infracción viola el principio de seguridad jurídica. La quejosa argumentó que la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, al no establecer dicho plazo, genera incertidumbre. El Tribunal Colegiado, si bien reconoció la inconstitucionalidad del artículo 96 de la LPDUSF por la ausencia de un límite temporal, incurrió en confusión al equiparar caducidad con prescripción, figuras jurídicas distintas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.