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453/2013TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La notificación personal de actos de autoridad en materia fiscal a personas físicas no requiere la presencia de su representante legal para su validez, pues estas responden directamente por sus obligaciones.

Expediente
453/2013
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
7 abr 2014
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La notificación personal de actos de autoridad en materia fiscal a personas físicas no requiere la presencia de su representante legal para su validez, pues estas responden directamente por sus obligaciones.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que, en materia fiscal, la notificación personal a personas físicas no exige la presencia de su representante legal para ser válida. Esto se debe a que las personas físicas responden directamente por sus obligaciones fiscales y pueden actuar por sí mismas. La decisión se fundamenta en la interpretación de diversos artículos del Código Fiscal de la Federación y en la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que distingue el tratamiento de personas físicas y morales en cuanto a sus representantes legales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.