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146/2014TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La obligación de los jubilados de aportar el 9% de su pensión para el fondo respectivo, establecida en la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, es inconvencional e inconstitucional por contravenir el derecho humano a la igualdad y los principios de seguridad social.

Expediente
146/2014
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
13 oct 2014
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La obligación de los jubilados de aportar el 9% de su pensión para el fondo respectivo, establecida en la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, es inconvencional e inconstitucional por contravenir el derecho humano a la igualdad y los principios de seguridad social.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que los artículos 6, fracción III, 18, párrafo segundo y octavo transitorio de la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, que obligan a los jubilados a aportar el 9% de su pensión al fondo respectivo, son inconstitucionales e inconvencionales. La decisión se fundamenta en que dicha disposición atenta contra el principio de igualdad tributaria al dar un trato similar a jubilados y trabajadores activos, quienes se encuentran en situaciones jurídicas distintas. Además, se considera que contraviene el derecho humano a la seguridad social y los estándares internacionales establecidos en el Convenio 102 de la OIT, que buscan garantizar una subsistencia digna en el retiro.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.