Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído
Niega. Contrato de crédito de avío en cuenta corriente con garantía hipotecaria. Son jurídicamente ineficaces los motivos de inconformidad en los que los quejosos plantean que: 1. La moral demandada es una persona jurídica distinta; 2. El monto del crédito no les fue otorgado; y, 3. La vía sumaria hipotecaria es improcedente.
Expediente
552/2024
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Jenica Campos Juarez
Fecha
8 may 2026
Materia
civil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Niega. Contrato de crédito de avío en cuenta corriente con garantía hipotecaria. Son jurídicamente ineficaces los motivos de inconformidad en los que los quejosos plantean que: 1. La moral demandada es una persona jurídica distinta; 2. El monto del crédito no les fue otorgado; y, 3. La vía sumaria hipotecaria es improcedente.
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