La competencia material y territorial de las autoridades de la Procuraduría Federal del Consumidor para emitir órdenes de verificación y resoluciones sancionatorias se considera debidamente fundada cuando citan los preceptos legales y reglamentarios que establecen su existencia, facultades y ámbito de actuación, sin que sea necesario justificar la competencia por grado en casos donde la atribución ejercida no se deriva de una organización jerárquica.
La Sala Regional en Guerrero del Tribunal Federal de Justicia Administrativa analizó la legalidad de una multa impuesta por la Procuraduría Federal del Consumidor. La parte actora argumentó que la resolución y la orden de verificación carecían de la debida fundamentación y motivación en cuanto a la competencia de las autoridades emisoras. El Tribunal determinó que las autoridades sí fundaron adecuadamente su competencia material y territorial al citar los artículos pertinentes del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor y otras disposiciones legales aplicables, desestimando así los argumentos de la parte actora.
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