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83/2024NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La determinación de la falta administrativa de hostigamiento sexual, al ponderar el derecho al honor frente a acciones que atentan contra la dignidad, se ajusta a los principios de taxatividad y legalidad, al no existir imprecisión excesiva o irrazonable en la norma que genere incertidumbre a los destinatarios.

Expediente
83/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
IRVING ESPINOSA BETANZO
Fecha
4 dic 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La determinación de la falta administrativa de hostigamiento sexual, al ponderar el derecho al honor frente a acciones que atentan contra la dignidad, se ajusta a los principios de taxatividad y legalidad, al no existir imprecisión excesiva o irrazonable en la norma que genere incertidumbre a los destinatarios.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la norma que sanciona el hostigamiento sexual es constitucional, al cumplir con el principio de taxatividad. Se enfatizó que no existe discrecionalidad excesiva, ya que la ley pondera el derecho al honor y la dignidad de las personas, y las disposiciones son claras, evitando confusión o incertidumbre sobre cómo actuar ante ellas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.