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1300/2025SobreseeJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guanajuato

La cesación de efectos del acto reclamado, por haber sido emitido el acto que se omite, actualiza la causal de improcedencia prevista en la fracción XXI del artículo 61 de la Ley de Amparo, dando lugar al sobreseimiento del juicio fuera de audiencia.

Expediente
1300/2025
Tribunal
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guanajuato
Ponente
Oscar Manuel Aguilar Espinoza
Fecha
18 mar 2026
Materia
administrativa
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La cesación de efectos del acto reclamado, por haber sido emitido el acto que se omite, actualiza la causal de improcedencia prevista en la fracción XXI del artículo 61 de la Ley de Amparo, dando lugar al sobreseimiento del juicio fuera de audiencia.

Resumen

El Juzgado Tercero de Distrito determinó sobreseer el juicio de amparo fuera de audiencia al actualizarse una causal de improcedencia manifiesta e indudable. El acto reclamado consistía en la omisión de dictar resolución en un procedimiento de reclamación patrimonial ante el IMSS. Sin embargo, la autoridad responsable emitió dicha resolución, lo que provocó la cesación de efectos del acto reclamado. Por lo tanto, el juicio perdió su objeto y se actualizó la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXI, de la Ley de Amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.