La carga probatoria relativa a la determinación del salario base para el pago de diferencias de la prima de antigüedad, cuando ha sido materia de una ejecutoria previa que constituye cosa juzgada, recae en la autoridad demandada.
El tribunal colegiado concedió el amparo al actor en contra de la resolución que determinó el pago de diferencias de la prima de antigüedad. Se consideró que la autoridad demandada no fundó ni motivó adecuadamente los datos y el procedimiento aritmético utilizados para calcular la percepción diaria de los conceptos que integran el salario base. Al haber sido esta cuestión materia de un amparo anterior, la carga probatoria para desvirtuarla recae en la autoridad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.