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439/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La intervención de comunicaciones privadas, en materia fiscal, requiere autorización judicial, la cual no puede ser otorgada por el Juez de Distrito cuando se trate de materias de carácter fiscal.

Expediente
439/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA
Fecha
18 ene 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La intervención de comunicaciones privadas, en materia fiscal, requiere autorización judicial, la cual no puede ser otorgada por el Juez de Distrito cuando se trate de materias de carácter fiscal.

Resumen

El presente caso aborda la imposición de una multa a un defensor particular por promover una incidencia de mala fe. Adicionalmente, se analiza el derecho a la privacidad en el contexto de la investigación penal, estableciendo que, si bien el artículo 21 constitucional permite la intervención de comunicaciones privadas previa autorización judicial, esta facultad tiene límites. Específicamente, la autoridad judicial federal no podrá otorgar dichas autorizaciones cuando se trate de materias de carácter fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.