La invalidez de las fracciones XXXI, XXXII y XXXIII del artículo 24 de la Ley de Ingresos del Municipio de Ramos Arizpe, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2024, se declara por invadir la competencia exclusiva de la Federación en materia de hidrocarburos y telecomunicaciones.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de las fracciones XXXI, XXXII y XXXIII del artículo 24 de la Ley de Ingresos del Municipio de Ramos Arizpe, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2024. La controversia constitucional se centró en que dichas disposiciones invadían la esfera de competencia exclusiva de la Federación en materia de hidrocarburos y telecomunicaciones, al pretender establecer contribuciones en estas áreas, lo cual contraviene los artículos 25, 27 y 73, fracciones X y XVII de la Constitución Federal.
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