La factura de un vehículo es insuficiente, por sí sola, para acreditar el interés jurídico en el amparo contra una multa por infracción de tránsito, si carece del número de la placa en relación con la cual se impuso la sanción.
El presente criterio establece que la factura de un vehículo no es suficiente para acreditar el interés jurídico en un juicio de amparo contra una multa de tránsito. Esto se debe a que la factura, por sí sola, no contiene el número de placa del vehículo sancionado, lo que impide vincular directamente al quejoso con la infracción cometida y la sanción impuesta.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.