La multa impuesta por no suministrar datos, informes y documentos durante una visita domiciliaria, conforme al Código Fiscal de la Federación, es un acto impugnable en el juicio contencioso administrativo federal, pero los conceptos de nulidad solo pueden versar sobre vicios del requerimiento y de la resolución sancionatoria, no sobre la orden de visita que la originó.
El presente criterio establece que en un juicio contencioso administrativo federal contra una multa por no proporcionar información durante una visita domiciliaria, los argumentos de nulidad deben centrarse en la ilegalidad del requerimiento y de la resolución sancionatoria. No es procedente impugnar la orden de visita que dio origen a la facultad de comprobación, ya que esta debe ser reclamada autónomamente en amparo indirecto o esperarse a la resolución definitiva. Sostener lo contrario obstaculizaría las facultades de comprobación de la autoridad hacendaria.
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