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853/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del Primer Circuito· tema sin holding extraído

La omisión de exhibir documentos en la forma requerida por el juzgador no es causa para inadmitir una demanda.

Expediente
853/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del Primer Circuito
Ponente
Guadalupe Montiel Cuevas
Fecha
2 jun 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

La omisión de exhibir documentos en la forma requerida por el juzgador no es causa para inadmitir una demanda.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.