La justicia de la Unión no ampara ni protege a la parte quejosa, al no advertirse la inconstitucionalidad o ilegalidad del acto reclamado.
El presente asunto se relaciona con la imposición de una multa por presentar declaraciones de impuestos de forma extemporánea ante el SAT. La Sala de origen consideró que la demanda de nulidad fue presentada fuera del plazo legal, por lo que declaró inoperantes los conceptos de violación al reiterar argumentos ya expuestos ante la autoridad fiscal y no controvertir las consideraciones de la sentencia reclamada. En consecuencia, se negó el amparo solicitado por la parte quejosa.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.