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98/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El cumplimiento de una ejecutoria de amparo debe analizarse en función de si la autoridad responsable ha realizado todas las acciones necesarias para restituir al quejoso en el goce del derecho violado, y no únicamente si ha dejado sin efectos los actos reclamados.

Expediente
98/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
6 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El cumplimiento de una ejecutoria de amparo debe analizarse en función de si la autoridad responsable ha realizado todas las acciones necesarias para restituir al quejoso en el goce del derecho violado, y no únicamente si ha dejado sin efectos los actos reclamados.

Resumen

El presente caso analiza un recurso de inconformidad contra la declaratoria de cumplimiento de una ejecutoria de amparo. La protección constitucional se había concedido por un emplazamiento ilegal en un juicio mercantil, ordenando dejar sin efectos los actos subsecuentes y restituir la posesión de los bienes embargados. El Tribunal Colegiado determinó que el juez de distrito actuó correctamente al declarar cumplida la ejecutoria, ya que la autoridad responsable realizó las acciones necesarias para restituir al quejoso en el goce de sus derechos, incluyendo la realización de un nuevo emplazamiento y la devolución de los bienes embargados.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.