El cumplimiento de una ejecutoria de amparo debe analizarse en función de si la autoridad responsable ha realizado todas las acciones necesarias para restituir al quejoso en el goce del derecho violado, y no únicamente si ha dejado sin efectos los actos reclamados.
El presente caso analiza un recurso de inconformidad contra la declaratoria de cumplimiento de una ejecutoria de amparo. La protección constitucional se había concedido por un emplazamiento ilegal en un juicio mercantil, ordenando dejar sin efectos los actos subsecuentes y restituir la posesión de los bienes embargados. El Tribunal Colegiado determinó que el juez de distrito actuó correctamente al declarar cumplida la ejecutoria, ya que la autoridad responsable realizó las acciones necesarias para restituir al quejoso en el goce de sus derechos, incluyendo la realización de un nuevo emplazamiento y la devolución de los bienes embargados.
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