La detención y sanción de una persona por la comisión de una infracción a los reglamentos gubernativos, sin que se le haya hecho comparecer previamente ante la autoridad administrativa para levantar el acta correspondiente, ni se le haya otorgado el término necesario para pagar la multa, conculca las garantías de legalidad y seguridad jurídica consagradas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal.
La detención de una persona por escandalizar en estado de ebriedad y proferir insultos, sin seguir el procedimiento adecuado como la previa comparecencia ante la autoridad administrativa para levantar el acta, ni otorgarle tiempo para pagar la multa, viola las garantías constitucionales de los artículos 14 y 16. La autoridad se apartó de las normas que debió seguir, lo que resulta en la conculcación de dichas garantías.
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