La resolución que actualiza las obligaciones fiscales de un contribuyente a un régimen general, con efectos retroactivos al inicio del ejercicio fiscal, viola el principio de subordinación jerárquica y el de seguridad jurídica, al exceder lo dispuesto por la ley que regula el régimen simplificado de confianza.
La Primera Sala Regional en Jalisco analizó la procedencia del juicio contencioso administrativo contra una resolución que cambió al contribuyente del Régimen Simplificado de Confianza al de Actividades Empresariales y Profesionales, argumentando que el oficio impugnado sí constituía una resolución definitiva. La Sala determinó que la regla 3.13.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, al establecer efectos retroactivos para la actualización de obligaciones fiscales, contraviene el principio de subordinación jerárquica y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, declarando la nulidad de la resolución impugnada para que se emita una nueva con efectos a partir del ejercicio fiscal siguiente.
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