La Comisión Nacional de los Derechos Humanos carece de interés legítimo para impugnar, a través de la controversia constitucional, decisiones jurisdiccionales en materia electoral emitidas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un recurso de reclamación interpuesto por la CNDH contra el desechamiento de una controversia constitucional. La CNDH argumentó que la controversia no versaba sobre la legalidad de una resolución, sino sobre una invasión a su esfera competencial. Sin embargo, la Sala determinó que la CNDH carece de interés legítimo para impugnar decisiones jurisdiccionales en materia electoral emitidas por la Sala Superior del TEPJF, declarando infundados los agravios.
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