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366/2021NiegaTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La validez de los actos emitidos por los Consejos Directivos de las Juntas de Agua y Saneamiento, aun cuando el plazo para la conformación de los Consejos de Administración hubiera precluido, se mantiene en virtud de la naturaleza de norma imperfecta del precepto transitorio que establecía dicho plazo, y de la ultractividad de los acuerdos de los Consejos Directivos, salvo que fueran revocados por los nuevos Consejos.

Expediente
366/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
25 abr 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La validez de los actos emitidos por los Consejos Directivos de las Juntas de Agua y Saneamiento, aun cuando el plazo para la conformación de los Consejos de Administración hubiera precluido, se mantiene en virtud de la naturaleza de norma imperfecta del precepto transitorio que establecía dicho plazo, y de la ultractividad de los acuerdos de los Consejos Directivos, salvo que fueran revocados por los nuevos Consejos.

Resumen

El presente amparo en revisión aborda la validez de los actos emitidos por el Consejo Directivo de una Junta Municipal de Agua y Saneamiento, en particular la aprobación de tarifas, posterior a la fecha límite establecida para la conformación de un nuevo Consejo de Administración. La autoridad recurrente argumentó que el Consejo Directivo continuaba en funciones hasta la designación del nuevo Consejo, basándose en la naturaleza de norma imperfecta del artículo transitorio y el principio de ultractividad de los acuerdos. El tribunal determinó que, al no existir una sanción específica por el incumplimiento del plazo para la conformación del nuevo Consejo, los actos del Consejo Directivo seguían siendo válidos, lo que llevó a revocar la sentencia recurrida y negar el amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.