El planteamiento de impedimento no es legal cuando las manifestaciones previas de un servidor público no se traducen en una posición tomada respecto a un asunto en particular, máxime si este versa sobre la legalidad de un acuerdo de trámite y no sobre el fondo de un crédito fiscal.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió no calificar de legal un impedimento planteado contra una de sus ministras. La promovente argumentó que la ministra había tomado una posición previa sobre la legalidad de créditos fiscales. Sin embargo, la Sala determinó que las declaraciones de la ministra en una conferencia, cuando ocupaba otro cargo, no constituían una postura definitiva sobre el asunto en cuestión, el cual se limitaba a la legalidad de un acuerdo de trámite y no al fondo de un crédito fiscal. Por lo tanto, se negó el impedimento y no se impuso multa a la promovente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.