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330/2013ConcedeTCCConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La individualización de las penas por delitos culposos debe considerar la gravedad de la culpa en un espectro que va de leve a grave, pasando por un punto medio, y no limitarse a un mínimo y máximo sin matices, para cumplir con el principio de exacta aplicación de la ley penal.

Expediente
330/2013
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
18 nov 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La individualización de las penas por delitos culposos debe considerar la gravedad de la culpa en un espectro que va de leve a grave, pasando por un punto medio, y no limitarse a un mínimo y máximo sin matices, para cumplir con el principio de exacta aplicación de la ley penal.

Resumen

El Tribunal Colegiado concedió el amparo a un sentenciado por delitos culposos al considerar que la Sala responsable, al individualizar la pena, interpretó erróneamente el artículo 80 del Código Penal del Estado de Yucatán. La Sala limitó la gravedad de la culpa a un mínimo y máximo, sin considerar un grado intermedio, lo que contraviene el principio de exacta aplicación de la ley penal. Por ello, se ordenó a la Sala responsable emitir una nueva resolución donde se gradúe la culpa y se individualice la pena conforme a la gravedad de la culpa leve, sin considerar el grado de culpabilidad, y sin que las sanciones sean mayores a las previamente impuestas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.