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41/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe resolver sobre la procedencia de la recusación de sus integrantes cuando se alega la existencia de impedimentos legales para conocer de un asunto.

Expediente
41/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
29 ene 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe resolver sobre la procedencia de la recusación de sus integrantes cuando se alega la existencia de impedimentos legales para conocer de un asunto.

Resumen

La quejosa solicitó la recusación de dos Ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, argumentando que existen elementos que acreditan sus impedimentos legales para conocer y estudiar objetivamente un recurso de reclamación relacionado con una solicitud de ejercicio de la facultad de atracción. La solicitud se fundamenta en fracciones específicas del artículo 51 de la Ley de Amparo. La Corte deberá determinar si procede o no la recusación planteada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.