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SJF · Ejecutoria

La Sala Administrativa del Poder Judicial del Estado no es competente para conocer de juicios de nulidad contra actos emitidos por el Gobernador del Estado, salvo que una ley expresamente le otorgue dicha facultad.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
16 ene 2023
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La Sala Administrativa del Poder Judicial del Estado no es competente para conocer de juicios de nulidad contra actos emitidos por el Gobernador del Estado, salvo que una ley expresamente le otorgue dicha facultad.

Resumen

La contradicción de tesis se centró en determinar si la Sala Administrativa del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes es competente para conocer de la legalidad de actos emitidos por el titular del Poder Ejecutivo estatal, específicamente la expedición de un fíat notarial. El Segundo Tribunal Colegiado consideró que la Sala Administrativa carece de competencia, al no existir una disposición legal expresa que la faculte para ello. Por su parte, el Primer Tribunal Colegiado, en algunos de sus criterios, sobreseyó el juicio por improcedencia o no abordó el tema de competencia. El Pleno determinó que la competencia de la Sala Administrativa debe ser expresa y que las leyes de la materia no otorgan esta facultad para actos del Gobernador, a menos que una ley específica así lo establezca.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.