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1828/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La suplencia de la queja, aun cuando opera en favor del inculpado en materia penal, sólo puede examinarse una vez que el recurso ha sido declarado procedente.

Expediente
1828/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ
Fecha
28 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La suplencia de la queja, aun cuando opera en favor del inculpado en materia penal, sólo puede examinarse una vez que el recurso ha sido declarado procedente.

Resumen

El presente caso aborda la procedencia de la suplencia de la queja en materia penal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que, si bien esta figura opera en favor del inculpado, su análisis está condicionado a que el recurso interpuesto sea previamente declarado procedente. Por lo tanto, la suplencia de la queja no puede ser el fundamento para la procedencia del recurso en sí mismo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.