La nulidad lisa y llana de una orden de visita domiciliaria procede cuando la autoridad emisora omite invocar el precepto legal que le otorga competencia material para emitir dicho acto de molestia.
La Sala Regional resolvió que la omisión de la autoridad de invocar el precepto legal que le otorga competencia material para emitir una orden de visita domiciliaria es motivo suficiente para declarar la nulidad lisa y llana de dicho acto. Esto se debe a que la falta de fundamentación en cuanto a la competencia de la autoridad vulnera el derecho de legalidad del gobernado, al impedirle conocer el fundamento de la facultad de la autoridad para realizar el acto de molestia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.