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599/2015TCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito

El pago de cantidades actualizadas, en términos de los artículos 17-A y 22 del Código Fiscal de la Federación, debe realizarse considerando la actualización desde el mes en que se debió realizar el pago hasta el mes siguiente en que efectivamente se realizó.

Expediente
599/2015
Tribunal
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Felipe Alfredo Fuentes Barrera
Fecha
30 jun 2016
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El pago de cantidades actualizadas, en términos de los artículos 17-A y 22 del Código Fiscal de la Federación, debe realizarse considerando la actualización desde el mes en que se debió realizar el pago hasta el mes siguiente en que efectivamente se realizó.

Resumen

El tribunal amparó a la quejosa al considerar que el pago de cantidades actualizadas, conforme a los artículos 17-A y 22 del Código Fiscal de la Federación, debe incluir la actualización desde el mes en que debió efectuarse el pago hasta el mes siguiente en que se realizó. Esto garantiza que el valor real de la deuda se mantenga a lo largo del tiempo, evitando el menoscabo por la inflación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.