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336/2024NiegaTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito· tema sin holding extraído

Se niega el amparo a la parte quejosa, dado que los conceptos de violación aducidos, se desestimaron por las razones siguientes: Inoperante ya que sobre el tema que se plantea, ya existe jurisprudencia de la Suprema Corte (circunstanciación del domicilio en citatorio). Infundado porque en el acta de notificación y citatorio previo que se controvirtieron, sí se circunstanció la verificación del domicilio a notificar y el requerimiento del contribuyente, así como su ausencia y la identificación del notificador.

Expediente
336/2024
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito
Ponente
María Leonor Pacheco Figueroa
Fecha
4 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido
niega

Tema · autorreporte del tribunal

Se niega el amparo a la parte quejosa, dado que los conceptos de violación aducidos, se desestimaron por las razones siguientes: Inoperante ya que sobre el tema que se plantea, ya existe jurisprudencia de la Suprema Corte (circunstanciación del domicilio en citatorio). Infundado porque en el acta de notificación y citatorio previo que se controvirtieron, sí se circunstanció la verificación del domicilio a notificar y el requerimiento del contribuyente, así como su ausencia y la identificación del notificador.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.