El juicio de amparo es improcedente contra sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación que aún son objeto de un recurso de revisión, pues dicho recurso debe agotarse previamente para garantizar la unidad de criterio y evitar prejuzgar sobre cuestiones ajenas a la competencia del tribunal de amparo.
Se determina la improcedencia del juicio de amparo contra sentencias dictadas por el Tribunal Fiscal de la Federación cuando estas se encuentran pendientes de resolución en el recurso de revisión. La razón principal es que dicho recurso debe agotarse para asegurar que todas las cuestiones se resuelvan de manera unificada y evitar que el tribunal de amparo prejuzgue sobre aspectos que corresponden a la competencia del Tribunal Fiscal. Se salvaguardan los derechos del quejoso para impugnar la sentencia definitiva una vez agotada la vía administrativa.
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